¿En qué consiste el acoso por razón de sexo?

Lo primero que hay que saber es que el acoso sexual y el acoso por razón de sexo no es lo mismo. 

Constituye acoso por razón de sexo cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona, con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo. (Art.7-LO 3/2007 de igualdad efectiva de mujeres y hombres)

EJEMPLOS DE ACOSO POR RAZÓN DE SEXO EN EL TRABAJO:

  • Realizar comentarios valorando su aspecto físico o incitando a vestirse de forma provocativa. 
  • Privar de instrumentos necesarios para el ejercicio de la actividad.
  • Poner obstáculos que impidan participar en procesos de promoción profesional. 
  • Atribuir funciones penosas y que no son propias del puesto de trabajo. 
  • Impedir totalmente el ejercicio de cualquier función propia del puesto de trabajo.  

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *