Lo primero que hay que saber es que el acoso sexual y el acoso por razón de sexo no es lo mismo.
Constituye acoso por razón de sexo cualquier comportamiento realizado en función del sexo de una persona, con el propósito o el efecto de atentar contra su dignidad y de crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo. (Art.7-LO 3/2007 de igualdad efectiva de mujeres y hombres)
EJEMPLOS DE ACOSO POR RAZÓN DE SEXO EN EL TRABAJO:
- Realizar comentarios valorando su aspecto físico o incitando a vestirse de forma provocativa.
- Privar de instrumentos necesarios para el ejercicio de la actividad.
- Poner obstáculos que impidan participar en procesos de promoción profesional.
- Atribuir funciones penosas y que no son propias del puesto de trabajo.
- Impedir totalmente el ejercicio de cualquier función propia del puesto de trabajo.